Descripción
La Ley N° 3 de 2019 establece una serie de obligaciones para los partidos políticos, movimientos y candidatos que también se aplicarán durante las elecciones del 24 y 25 de mayo de 2026.
En concreto, de conformidad con el artículo 14, párrafo 1, de la Ley n.º 3/2019, los partidos políticos, los movimientos políticos y las listas ciudadanas están obligados a publicar en sus sitios web los currículos de sus candidatos, incluido el candidato a alcalde, y el certificado de antecedentes penales expedido por la oficina de antecedentes penales. Esta obligación debe cumplirse a más tardar 14 días antes de la fecha de las elecciones.
En una sección específica, llamada "Elecciones transparentes", del sitio web del organismo al que se refiere la consulta electoral, dentro del séptimo día anterior a la fecha de la consulta electoral, para cada lista o candidato asociado a ella, así como para cada partido político o movimiento que presente candidatos en las elecciones a que se refiere el párrafo 14, el currículum vitae y el certificado de antecedentes penales a que se refiere el artículo 24 del texto consolidado al que se refiere el Decreto Presidencial N° 313 de 14 de noviembre de 2002 de los candidatos, emitidos no más tarde de noventa días antes de la fecha fijada para la elección, ya publicados en el sitio web del partido político o movimiento o de la lista o candidato asociado a él a que se refiere el párrafo 11, primera frase, previamente comunicados a los organismos a que se refiere esta frase, se publicarán de manera fácilmente accesible. La publicación debe permitir al votante acceder a la información allí reportada mediante búsqueda por circunscripción, distrito, partido y por apellido y nombre del candidato.
candidato único.
Se invita a cada partido, movimiento o lista a enviar esta documentación lo antes posible, con suerte antes de 14 2026 mayo, a la dirección PEC del Municipio de Barcellona Pozzo di Gotto comunebarcellonapdg@postecert.it que a su vez lo publicará, dentro del séptimo día antes de las elecciones, también en el sitio web municipal en una sección específica llamada "Elecciones transparentes".
También se recomienda que la documentación mencionada se elabore de conformidad con la legislación sobre privacidad, es decir, anonimizando cualquier dato innecesario.