Aviso – Solicitudes de disponibilidad de presidentes y escrutadores en caso de imposibilidad sobrevenida y renuncia de los designados, elecciones de referéndum 22 y 23 de marzo de 2026

Detalles de la noticia

Aviso - Instancias de disponibilidad

Fecha:

Febrero 04 2026

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Descripción

Los inscritos en las listas electorales del Municipio de Barcellona Pozzo Di Gotto, que no se encuentren en una de las condiciones de incompatibilidad a que se refiere el art. 38 del Texto Unificado de la Ley n. 361/1957, podrán comunicar su disponibilidad para sustituir a los Escrutadores o a los Presidentes de las Mesas Electorales, designados respectivamente por la Comisión Electoral Municipal y por el Tribunal de Apelación de Messina, imposibilitados de ejercer el encargo.

La comunicación, redactada utilizando los formularios adjuntos, puede entregarse personalmente en la oficina electoral, ubicada en Via Stefano Cattafi Medaglie d'oro, o enviarse a más tardar a las 12,00:02 del mediodía del 11 de febrero de 2026, junto con una copia del documento de identidad del declarante, por correo electrónico certificado u ordinario a una de las direcciones que figuran a continuación:

comunebarcellonapdg@postecert.it (Pectoral)
comunebarcellonapdg-elettorale@pcert.postecert.it (Pectoral)

Se recuerda que en caso de designación el presidente deberá elegir a una persona de su confianza para ejercer las funciones de secretario y que esta persona deberá estar inscrita en las listas electorales del Municipio de Barcellona Pozzo Di Gotto, estar en posesión de un diploma de estudios secundarios y no estar incurso en ninguna de las situaciones de incompatibilidad a que se refiere el art. 38 del Texto Unificado de la Ley n.º 361/1957, en virtud del cual quedan excluidos de las funciones de miembro de la junta electoral:

  • los que en la fecha de las elecciones tengan más de setenta años de edad;
  • empleados de los Ministerios del Interior, Correos y Telecomunicaciones y Transportes;
  • miembros de las Fuerzas Armadas en servicio;
  • médicos provinciales, funcionarios de salud y médicos generales;
  • los secretarios municipales y los empleados municipales asignados u ordenados a trabajar en las oficinas electorales municipales;

Última actualización: 04/02/2026, 19:50

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